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PRESENTA DIP. ROMÁN COTA INICIATIVA PARA REFORMAR DOS ORDENAMIENTOS DE BAJA CALIFORNIA

• Estos son: la Ley del Servicio Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios y la Ley de ISSSTECALI.


• Su objeto es que las y los trabajadores gocen de permiso con sueldo íntegro, en caso de fallecimiento de algún familiar y permitir la afiliación al Instituto a hermanos que padezcan algún tipo de discapacidad.




Mexicali, B.C., 7 de agosto de 2023.- El Diputado Román Cota Muñoz, presentó una iniciativa, con el fin de reformar dos ordenamientos de Baja California: la Ley del Servicio Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores (ISSSTECALI).


Su iniciativa tiene como objeto, reconocer como un derecho de las y los trabajadores que puedan gozar de un permiso con goce de sueldo íntegro, cuando sus ascendientes o descendientes hasta el segundo grado, hayan sido diagnosticados con cualquier tipo de enfermedad crónico-degenerativa, o en caso de fallecimiento de algún familiar hasta el segundo grado consanguíneo.


Así como permitir la afiliación al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y Municipios del Estado de Baja California, a las hermanas y hermanos del trabajador que padezcan de algún tipo de discapacidad.


“Hoy en tiempos de pos pandemia, la conciencia a los cuidados de la salud, está más presente que nunca en la sociedad. Sin duda, el epicentro de la crisis sanitaria nos demostró la fragilidad de la salud humana, y cómo en un periodo de tiempo corto, una persona puede llegar a perder la vida, derivado de complicaciones de salud”, subrayó.


Román Cota añadió que, la salud es un derecho humano, plenamente reconocido en la legislación, sin embargo, la familia también es una institución de orden público e interés social, y expresamente refiere el artículo 4 de la Constitución Mexicana que, el Estado y la Ley “protegerá la organización y el desarrollo de la familia”.


Por lo tanto, cuando un integrante de la familia del trabajar público padece de una enfermedad crónica degenerativa, y requiere cuidados y atenciones para mejorar su salud, es innegable que, conforme a nuestra legislación vigente existen obligaciones de carácter legal para asistir a esa persona.


Contrario a ello, podría llegar a actualizar la comisión de un hecho delictivo (omisión de auxilio) previsto y sancionado por los artículos 157, 158 y 158 BIS del Código Penal para el Estado de Baja California.


En su exposición, el Legislador subrayó que el trabajo, en cualquier nivel y cualquiera que sea su naturaleza, es dignificante y de ninguna manera debe constituir un obstáculo para cumplir con obligaciones de orden familiar que impone la ley a todas las personas por igual.


“Por lo que consideramos que esta medida, fortalece la progresividad de los derechos humanos, al mismo tiempo que protege eficaz y armónicamente tres instituciones constitucionalmente protegidas: la salud, el trabajo y la familia”, concluyó.

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